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lunes, 16 de mayo de 2011

Ingresan proyecto que tipifica el delito de acoso sexual en público


Ingresan proyecto que tipifica el delito de acoso sexual en público

Publicado el 16 de mayo del 2011

La iniciativa apunta a sancionar el acoso sexual a mujeres en lugares de alta afluencia de público como medios de transporte, calles y eventos masivos.

    El proyecto (boletín 7606) fue presentado por los diputados Leopoldo Pérez (RN), Pedro Browne (RN), José Manuel Edwards (RN), Nicolás Monckeberg (RN), David Sandoval (UDI), Alejandro Santana (RN), Matías Walker (DC) y las diputadas Clemira Pacheco (PS), Karla Rubilar (RN) y Alejandra Sepúlveda (PRI).

    En sus fundamentos se plantea que el acoso sexual a mujeres, en especial jóvenes, en lugares de alta afluencia de público como medios de transporte, calles y eventos masivos, se está convirtiendo en un grave problema en nuestro país.

    Agregan que este acoso, conocido doctrinariamente como "Provocación de Eva", puede incluir tanto insinuaciones sexuales, como contacto físico o tocaciones indebidas que violenten la dignidad y privacidad de las mujeres.

    Precisan que en países angloparlantes esta conducta ha sido tipificada como "Indecent Assault" (asalto con connotación sexual) o "Acts of Gross Indecency" (Actos graves indecentes de connotación sexual), estableciéndose penas que van desde multas a presidio e incorporación de los acosadores a registros públicos especiales.

    También hacen presente que a nivel latinoamericano este problema ha ido en aumento, en especial en países como México en los que la autoridad ha tomado medidas como la separación de hombres y mujeres en los vagones del metro.

    Los autores de la moción advierten que nuestro Código Penal contempla diversos delitos relacionados a acciones de carácter sexual, pero no uno de carácter residual que permita sancionar este tipo de actos en forma clara y tajante.

    Por ello, plantean la necesidad de establecer una normativa que sancione a los acosadores y desincentive estas acciones, además de imponer cargas a operadores de transporte público y organizadores de eventos masivos, a fin de prevenir y educar a la población en estos temas.

    El proyecto consta de tres artículos. El primero establece que quien acose sexualmente a una mujer, ya sea a través del uso de lenguaje abusivo, tocamientos impropios de cualquier especie o exhibición de genitales, en lugares públicos o privados de una alta concurrencia de público, será sancionado con presidio menor en cualquiera de sus grados, y la aplicación de una multa a beneficio fiscal, de entre dos y 10 unidades tributarias mensuales, y de entre 10 y 20 unidades tributarias mensuales, en caso de reincidencia.

    El segundo precisa que quien sea declarado culpable por este delito deberá ofrecer disculpas públicas a la víctima y en caso de reincidencia será incorporado en un Registro Público que para tal efecto se creará.

    El tercer artículo obliga a las empresas de transporte público y las empresas productoras de eventos masivos a adoptar medidas de resguardo y preventivas de estas situaciones, so pena de multa a beneficio fiscal de entre cinco y 20 unidades tributarias mensuales.

    La iniciativa legal pasó a la Comisión de Constitución para su estudio.


    Fuente
    :

    CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
    Saludos
    Rodrigo González Fernández
    Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
    Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
    Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
     
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