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lunes, 27 de diciembre de 2010

Presentan reforma que impone al Estado el deber de garantizar respeto a la seguridad y dignidad de las personas presas

Presentan reforma que impone al Estado el deber de garantizar respeto a la seguridad y dignidad de las personas presas

Publicado el 27 de diciembre del 2010

La moción incorpora una nueva disposición al artículo 19 de la Constitución señalando que es deber del Estado garantizar la seguridad y dignidad de las personas que se encuentren privadas de libertad.

    La iniciativa legal (boletín 7379) fue presentada por los diputados Pedro Araya (PRI), Giovanni Calderón (UDI), Roberto Delmastro (RN), Ramón Farías (PPD), Marta Isasi (IND), Fernando Meza (PRSD), Gaspar Rivas (RN), Alejandra Sepúlveda (PRI) y Pedro Velásquez (IND).

    Los autores de la moción señalan que el reciente incendio de la Cárcel de San Miguel que significó la muerte de 81 reclusos puso en evidencia las condiciones infrahumanas en las que deben cumplir su privación de libertad los reclusos condenados por sentencias ejecutoriadas o sujetos a medidas cautelares definidas por los tribunales de justicia.

    Junto con citar las normas constitucionales y de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile que establecen el respeto a la dignidad de todas las personas y el derecho de los internos en las cárceles a cumplir su pena en condiciones de seguridad que contribuyan a su reinserción social, los parlamentarios hacen hincapié que es un hecho público y notorio que estas normas no se cumplen plenamente, lo que deriva en situaciones conflictivas al interior de los penales, con resultados como el ya conocido.

    Por ello, plantean que el Estado debe garantizar que la prisión preventiva y las condenas que cumplen los internos estén regidas por el pleno respeto a su dignidad y seguridad, evitando el hacinamiento y condiciones adversas que atenten contra el resguardo a dicha garantía constitucional.

    En virtud de lo anterior, proponen una reforma de artículo único que agrega al inciso primero de la letra d) del N° 7 del artículo 19 de la Constitución Política la siguiente oración: "Es deber del Estado, garantizar el pleno respeto a la dignidad y seguridad de las personas que por cualquier causa se encuentren privadas de libertad en los recintos públicos destinados a dicho objeto".

    La iniciativa quedó radicada en la Comisión de Constitución para su estudio.


    Fuente:
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    Saludos
    Rodrigo González Fernández
    Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
    Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

     CEL: 93934521
    Santiago- Chile
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