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viernes, 22 de junio de 2018

Adaptar el copyright a internet… NO AL REVÉS!!!!

Adaptar el copyright a internet… NO AL REVÉS!!!!

IMAGE: CC0 Creative CommonsEl pasado miércoles 20, la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Unión Europea (JURI) votó a favor de la llamada Directiva sobre los Derechos de Autor en el Mercado Único Digital, una propuesta monstruosa trabajada al mejor estilo de los lobbies del copyright, con artículos introducidos "misteriosamente" en el último momento mediante procedimientos irregulares, y que, en caso de ser aprobada en votación plenaria por el Parlamento Europeo, supondrían el mayor desastre imaginable para la internet que conocemos. Expertos de todo el mundo se han pronunciado amplia y claramente en contra de esta propuesta y han dirigido cartasa las autoridades de la Unión Europea al respecto, pero por el momento, la siniestra propuesta sigue su curso.

¿Que puede ser tan malo? Cuestiones que, francamente, resultan casi inimaginables, como un Artículo 13 que obliga a las plataformas a instalar filtros y a convertirse en policías del copyright que tendrían que vigilar todo lo que subimos a ellas para impedir, mediante sistemas automatizados del tipo del conocido ContentID de YouTube, que subiésemos cualquier material reclamado como propiedad de alguien. Imaginemos todo lo que ello conlleva en cuanto a falsos positivos, errores, derechos de usos razonables como la parodia o el uso académico, etc. y problemas de todo tipo para el usuario, porque la legislación está esencialmente diseñada no para él, que es directamente tratado como criminal aunque no lo sea, sino para hacer felices a los grandes propietarios de derechos. ¿Imaginas intentar subir a la red cualquier meme, que puede contener una fotografía, un logo o cualquier otro elemento tomado de cualquier sitio, y encontrarte con que la plataforma te lo impide? ¿O que en cualquier vídeo aparezcan notas de una canción porque alguien pasaba por allí reproduciéndola en un coche con la ventanilla abierta? Pensemos en los miles de errores cometidos por YouTube en este sentido a lo largo del tiempo… pues esos han sido cometidos por una plataforma que, desde un punto de vista técnico, es razonablemente buena. ¿Qué ocurrirá cuando esto se generalice? ¿Quién va a argumentar con un algoritmo elementos como la ironía, la parodia, el derecho de cita, el uso académico, etc.?

Otro ominoso artículo, el 11, consagra el desastre del llamado "link tax", ya tristemente conocido en España por haber provocado el disparate que supuso la desaparición de Google News, convirtiendo a nuestro país en la única democracia del mundo en el que este servicio no funciona. En caso de ser aprobado, haría que citar incluso los fragmentos más pequeños de artículos y noticias publicadas por los medios conllevase la necesidad de una licencia, aplicable a la reproducción de enlaces en cualquier sitio, y con una duración de veinte años. Es exactamente como si alguien pretendiese cobrarnos por comentar las noticias en un bar: una medida que jamás servirá para salvar a ningún periódico, y que impone una interpretación profundamente retrógrada, inmovilista y talibán del copyright. Un auténtico desastre contra el que ya se están organizando protestas, aunque tristemente, como ya sabemos de episodios anteriores, a los lobbies del copyright, las protestas les importan bien poco.

Según la absurda visión de los editores de prensa, su negocio necesita, para ser viable, que cambiemos internet para que todo lo que se suba pase por una vigilancia exhaustiva, y para que todo lo que vincule a sus noticias les genere un pago. Y en lugar de considerar eso directamente una majadería sin sentido y decirles simplemente que se busquen otro modelo de negocio, resulta que el Parlamento Europeo se está planteando nada menos que cambiar la naturaleza y el funcionamiento de toda la red. Lo que estamos viendo es que lo que pretende Europa no es adaptar el copyright a la era internet, sino nada menos que cambiar internet para que acomode un modelo de copyright que no difiere del creado por el Statute of Anne en el año 1710. Si algo resulta evidente es que ese concepto de copyright, anclado en la idea de "cobrar por copia", no tiene ningún sentido en una era de internet en la que todo, cada clic, supone hacer una copia, y cada consulta de una página supone una descarga. Pretender que el copyright no cambie, que se mantenga inalterado, y que sea la naturaleza de internet la que lo haga, cambiando la esencia de acciones tan fundamentales y definitorias de la red – y ya de nuestras vidas – como el hipervínculo o la compartición en redes sociales es una prueba de la disfuncionalidad mental de una buena parte de los miembros del Parlamento Europeo. O de la desmesurada e irracional influencia de unos lobbies del copyright que, lejos de mirar por el bien común, por la remuneración de los autores o por la viabilidad del trabajo creativo, solo miran, en realidad, por la preservación a toda costa de los beneficios de los modelos de negocio de industrias del pasado.

 

 

 

This post is also available in English in my Medium page, "Adapt copyright law to the internet … NOT THE OTHER WAY AROUND !!!!


Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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